Se confirma revocatoria de cuatro alcaldes y regidores en Huaral
Escribe: Pedro N. Castañeda Pardo
Según resoluciones emitidas por el Jurado Nacional de Elecciones se confirmó que, hasta el momento, en cuatro distritos de la provincia de Huaral serán sometidos a consulta popular de revocatoria cuatro alcaldes con sus respectivos regidores. Dichos documentos, entre otros considera:
1.- DISTRITO DE ATAVILLOS BAJO:
Resolución N.° 0350-2012-JNE
Expediente N.° J-2012-00537
Con fecha 17 de mayo de 2012, Róyer Calixto Rique solicitó el inicio del proceso de revocatoria de cargo de las siguientes autoridades municipales del distrito de Atavillos Bajo, provincia de Huaral, departamento de Lima:
DNI | NOMBRES | CARGO |
10618793 | DAVID CARLOS POMA VEGA | ALCALDE |
15970445 | ÁLVARO INFANTES RIQUE | REGIDOR |
15969676 | JOSÉ DE LA CRUZ CELEDONIO | REGIDOR |
15970516 | HONORATO SANTOS DURAND | REGIDOR |
41372522 | YANINA NERLYN SANDÓN DE LA CRUZ | REGIDORA |
15970735 | JOSÉ MANUEL RIQUE ADVÍNCULA | REGIDOR |
RESUELVE
Artículo primero.- ACUMULAR la solicitud de revocatoria de autoridades del distrito de Atavillos Bajo, provincia de Huaral, departamento de Lima, presentada por Róyer Calixto Rique, a la convocatoria del proceso de consulta popular de revocatoria del 2012 establecido por la Resolución N.° 0604-2011-JNE.
Artículo segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para los fines pertinentes.
Artículo tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese
Firmado: SIVINA HURTADO, PEREIRA RIVAROLA Y OTROS.
2. DISTRITO DE ATAVILLOS ALTO:
Resolución N.° 0461-2012-JNE
Expediente N.° J-2012-00608
Con fecha 24 de mayo de 2012, Eleazar Castillo Ladera solicitó el inicio del proceso de revocatoria de cargo de las siguientes autoridades municipales del distrito de Atavillos Alto, provincia de Huaral, departamento de Lima:
DNI | NOMBRES | CARGO |
10185062 | ABRAHAM LUCIANO CASTILLO LLUQUE | ALCALDE |
15968164 | HUMBERTO APOLINARIO LLUQUE | REGIDOR |
43593018 | LESLIE CYNTHIA FLORES ALBINO | REGIDORA |
15968467 | ANA MARÍA ÁLVAREZ LEANDRO | REGIDORA |
80138089 | LUIS RÓGER ROMERO SOTO | REGIDOR |
08883892 | ELVIS FRANCISCO FÉLIX ALBERTO | REGIDOR |
Así, mediante el oficio del visto, la Secretaría General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales comunicó que la solicitud de revocatoria formulada cumple con los requisitos formales de ley, pues dicha solicitud identificó los nombres de las autoridades de quienes se solicita sean sometidas a consulta; se fundamentó el pedido y adjuntó la constancia de verificación positiva de firmas.
RESUELVE
Artículo primero.- ACUMULAR la solicitud de revocatoria de autoridades del distrito de Atavillos Alto, provincia de Huaral, departamento de Lima, presentada por Eleazar Castillo Ladera, a la convocatoria del proceso de consulta popular de revocatoria del 2012 establecido por la Resolución N.° 0604-2011-JNE.
Artículo segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para los fines pertinentes.
Artículo tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese
Firmado: SIVINA HURTADO, PEREIRA RIVAROLA Y OTROS.
3. DISTRITO DE SANTA CRUZ DE ANDAMARCA:
Resolución N.° 0356-2012-JNE
Expediente N.° J-2012-00534
Con fecha 22 de mayo de 2012, Santos L Delgadillo Astuhuamán solicitó el inicio del proceso de revocatoria de cargo de las siguientes autoridades municipales del distrito de Santa Cruz de Andamarca, provincia de Huaral, departamento de Lima:
DNI | NOMBRES | CARGO |
09620895 | JUAN PABLO REQUENA ROJAS | ALCALDE |
15993968 | WILLIAM VALENTÍN PÁEZ PÁEZ | REGIDOR |
16022991 | HENRY NELSON CARMELO MALQUI | REGIDOR |
47259497 | SHARON CANO GARAY | REGIDORA |
15994145 | AYDE SOLANO MEZA | REGIDORA |
16002329 | HÉCTOR RUBÉN ROMERO BONIFAZ | REGIDOR |
Así, mediante el oficio del visto, la Secretaría General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales comunicó que la solicitud de revocatoria formulada cumple con los requisitos formales de ley, pues dicha solicitud identificó los nombres de las autoridades de quienes se solicita sean sometidas a consulta; se fundamentó el pedido y adjuntó la constancia de verificación positiva de firmas.
RESUELVE
Artículo primero.- ACUMULAR la solicitud de revocatoria de autoridades del distrito de Santa Cruz de Andamarca, provincia de Huaral, departamento de Lima, presentada por Santos L Delgadillo Astuhuamán, a la convocatoria del proceso de consulta popular de revocatoria del 2012 establecido por la Resolución N.° 0604-2011-JNE.
Artículo segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para los fines pertinentes.
Artículo tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese
Firmado: SIVINA HURTADO, PEREIRA RIVAROLA Y OTROS.
4. DISTRITO DE LAMPIAN:
Resolución N.° 491-2012-JNE
Expediente N.° J-2012-00636
Con fecha 25 de mayo de 2012, Bernardino Alcides León Torres solicitó el inicio del proceso de revocatoria de cargo de las siguientes autoridades municipales del distrito de Lampián, provincia de Huaral, departamento de Lima:
DNI | NOMBRES | CARGO |
15965742 | AMADEO FÉLIX MELCHOR HIGINIO | ALCALDE |
09184854 | VICTORIA MERY GUZMÁN VALVERDE | REGIDORA |
43700391 | ROSA MARÍA CARRASCO GONZALES | REGIDORA |
40173329 | MIGUEL ÁNGEL ARROYO SIMON | REGIDOR |
15990725 | SANTOS FRANCISCO FERMÍN HUERTAS | REGIDOR |
10038213 | MIGUEL ÁNGEL ALCÁNTARA YNOCENTE | REGIDOR |
Así, mediante el oficio del visto, la Secretaría General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales comunicó que la solicitud de revocatoria formulada cumple con los requisitos formales de ley, pues dicha solicitud identificó los nombres de las autoridades de quienes se solicita sean sometidas a consulta; se fundamentó el pedido y adjuntó la constancia de verificación positiva de firmas. En el presente caso debe advertirse que, mediante Resolución N.° 294-2012-JNE (Exp. N.° J-2012-443), este Supremo Tribunal Electoral resolvió acumular la solicitud de revocatoria de Victoria Mery Guzmán Valverde al cargo de regidora, presentada por Carmen Luz Rojas Medina, por lo que respecto de dicha autoridad deberán ser considerados como promotores tanto la antes mencionada como Bernardino Alcides León Torres.
RESUELVE
Artículo primero.- ACUMULAR la solicitud de revocatoria de autoridades del distrito de Lampián, provincia de Huaral, departamento de Lima, presentada por Bernardino Alcides León Torres conforme a lo expuesto en el considerando 4 de la presente, a la convocatoria del proceso de consulta popular de revocatoria del 2012 establecido por la Resolución N.° 0604-2011-JNE.
Artículo segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para los fines pertinentes.
Artículo tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese
Firmado: SIVINA HURTADO, PEREIRA RIVAROLA Y OTROS.
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LUCHO -
Alberto Páez -